domingo, 4 de noviembre de 2012

La agresiva frustración juvenil

 
Las manifestaciones agresivas de los jóvenes contra los adultos, no son nada personal sino fenómenos naturales adversos transitorios.

Para todos es difícil ganar dinero en relación de dependencia porque nuestro empleador nos pedirá esfuerzos molestos, irritantes, definitivamente dolorosos.

Soportar pacientemente estas demandas justifica parte de la remuneración que recibimos.

Por supuesto que la paga también está justificada porque le entregamos al patrón algún bien, servicio o trabajo que para él son valiosos, útiles, necesarios.

El empleado que trabaja a regañadientes siente que soporta todos los malestares porque le pagan y no asocia con tanta nitidez la producción que está entregando. Le molestan más las imposiciones disciplinarias, (horarios, procedimientos, obediencia), que el esfuerzo físico del que rápidamente se recupera con unas pocas horas de sueño, mientras que la dignidad herida parece no cicatrizar nunca.

Los hogares de los jóvenes son un poco parecidos a su lugar de trabajo cuando los padres tienen la paciencia de pedirles colaboración (tender la cama, higienizar el dormitorio, hacer compras).

El natural malhumor de los adolescentes se exacerba por este tipo de malestares: tener que cumplir órdenes, hacer lo que otros le mandan, cansarse en beneficio ajeno.

Los jóvenes carecen de un buen desarrollo lingüístico y por ese motivo no tienen otro remedio que aliviar su frustración mediante actos físicos más o menos destructivos.

Los jóvenes también carecen de autocrítica y conservan un narcisismo mal controlado dada la escasa maduración de su personalidad.

Tanto en la casa como en su empleo suelen exhibir su malestar con actitudes que expresan una fuerte recriminación a quienes, según él, son los agresores, los causantes, los culpables de tanto sufrimiento.

En general estas conductas son inevitables, duran un tiempo pero finalmente se apaciguan. Padres y empleadores necesitan desplegar su paciencia, pues no son nada personal sino fenómenos naturales adversos transitorios.

Otras menciones del concepto «fenómenos naturales»:

           

(Este es el Artículo Nº 1.700)

 

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