sábado, 4 de mayo de 2013

Un cónyuge encarcelado es fiel




 Algunos presidiarios están encarcelados porque su cónyuge, temiendo una dolorosa infidelidad, lo induce a delinquir porque encerrado le será fiel.

Hace unos años les comentaba que la infidelidad provoca unos estallidos de furia desproporcionados solo si no entendemos el motivo que los causa. Entendiendo la justificación del enojo dejamos de considerarlos como desproporcionados.

La persona que tiene relaciones extramatrimoniales tiene la sensación de que no está haciéndole ningún daño al cónyuge, por eso no entiende por qué tiene que ocultarlas ni por qué surgen insólitos escándalos si son descubiertas.

En aquel comentario (1) proponía la hipótesis según la cual en toda relación matrimonial cada integrante tiene la sensación de poseer, en el cuerpo de su cónyuge, el sexo que le falta, es decir, que la esposa tiene la sensación de que al estar casada con su marido, inconscientemente alcanza la perfección porque dispone de un pene, mientras que el esposo tiene la sensación de que al estar casado con su esposa, inconscientemente alcanza la perfección porque dispone de útero, senos y vagina.

Según las creencias del psicoanálisis nadie está capacitado para negar cualquier hipótesis que tenga en cuenta los contenidos del inconsciente porque estos contenidos son, por definición, desconocidos, ignorados, absolutamente inaccesibles a la conciencia.

El límite a estas hipótesis está dado porque ningún ser humano puede disponer de contenidos inconscientes no-humanos.

Por lo tanto, la furia de quien se siente traicionado por el cónyuge infiel está plenamente justificada si aceptamos que la inocente relación extramatrimonial constituyó en realidad una violación homosexual pues la infidelidad se cometió sin el consentimiento del otro y con una persona de su mismo sexo (si no entendió, relea más despacio).

Terminado este repaso del mencionado artículo (1), agrego que algunos presidiarios están encarcelados porque su cónyuge prefiere una violación heterosexual (el VideoComentario lo ayudará).

 
(Este es el Artículo Nº 1.861)

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