La conflictiva edípica puede
dejarnos la creencia en que tenemos prohibido aceptar oportunidades que no sean
sacrificadas.
— «Lo que
vale cuesta»;
— «Todas
las cosas en la vida exigen una cuota de dolor»;
— «Todo
sacrificio tiene su recompensa».
En las
múltiples acepciones que muestra el Diccionario de la Real Academia Española de
la palabra «sacrificio» (1), encontramos las siguientes palabras claves:
Abnegación,
amor, expiación, guerra, homenaje, matanza, ofrenda, peligro, vehemencia.
En forma
más resumida, podemos decir que «sacrificio refiere a una entrega apasionada».
He estado
publicando algunos artículos (2) con diversas reflexiones referidas a la
prohibición del incesto y a los inconvenientes psicológicos que esta genera
(«conflictiva edípica»).
En resumen,
cuando somos niños nuestro vínculo materno nos activa las sensaciones
corporales asociándolas al placer (calmar el hambre, acompañarnos,
acariciarnos). Estos comienzos nos predisponen a que sea ella nuestro único
objeto sexual (tanto para varones como para niñas), pero más o menos a los
cinco años nos enteramos que ese gran amor es imposible.
La
«conflictiva edípica» es una forma de «sacrificio». A la tierna edad de cinco
años (aproximadamente) ingresamos al doloroso terreno de la frustración y
tenemos que «sacrificarnos renunciando» a nuestro único y gran amor.
Por lo
tanto aprendimos qué es el amor erótico con nuestra madre y aprendimos qué es
el sacrificio también con nuestra madre, pues es ella quien de alguna manera se
negó a tener hijos con nosotros (sus hijos o hijas).
Con estos
antecedentes ingresamos a la sociedad. Si respetamos la prohibición del
incesto, el colectivo (familia, amigos, compañeros de estudio), nos acepta.
Este terrible sacrificio es el peaje que la sociedad nos cobra para aceptarnos.
Sería muy
lógico que para muchas personas solo puedan existir beneficios padeciendo
enormes sacrificios (como rezan los refranes del principio).
En suma: perdemos muchas oportunidades porque no
son suficientemente sacrificadas.
(Este es el
Artículo Nº 1.555)
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