viernes, 1 de junio de 2012

Las conversaciones inútiles



Todo discurso es inútil pues solo describe hechos consumados o fenómenos inevitables, ajenos a la voluntad del hablante.

Probablemente usted conoce a muchas personas que no quieren tener una idea genial por temor a que se las roben.

También conoce a otras que no desean enriquecer porque los familiares y amigos más abusadores pretenderán vivir de su talento, lo cual le acarreará fuertes dolores de cabeza, desilusiones y furia, sentimientos estos que son suficientes para aferrarse a la otra opción: ser pobres.

Algún día inventarán un aparato que podrá reproducir todo lo que la mesa de un bar escuchó, o las almohadas matrimoniales, o las salas de espera de los prostíbulos.

Ese día podremos escuchar los grandes proyectos etílicos, los futuros venturosos post-coito y las espirituales reflexiones pre-coito.

Aunque todo haría indicar que esas conversaciones son inútiles, me animo a decir que no son más inútiles que las demás.

Sí, tiene razón, debo explicarme!

Desde el punto de vista de quienes no creemos en el libre albedrío (1) y suponemos que las cosas ocurren naturalmente, por el devenir natural de los acontecimientos, pero que nuestro cerebro se apropia de esas circunstancias y las acomoda para presentarlas como la consecuencia de nuestra decisión autónoma, libre, determinante, transformadora, voluntarista, creemos, repito, que todo lo que hablamos está desvinculado de la realidad material.

Pondré un ejemplo de cada conversación inútil.

1) Alguien posee una empresa, es decir, una organización tan natural como son un panal de abejas, un hormiguero o una manada de lobos que cazan en equipo.

Esta empresa-hormiguero tiene su propia dinámica. Las personas-hormigas hablan, hablan, hablan, pero todo funciona automáticamente. Ellos hablan de hechos ajenos a su protagonismo. Por eso hablan inútilmente.

2) Quienes sólo poseen imaginaciones despegadas de la realidad, también tienen conversaciones tan inútiles como las del empresario-hormiga.

 
(Este es el Artículo Nº 1.569)

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